1. Visitas Clásicas (Fin de Semana Alternado)
- Un fin de semana sí y otro no (viernes a domingo)
- Un día entre semana (generalmente miércoles o jueves)
- Mitad de vacaciones de invierno y verano
- Fechas especiales alternadas (Navidad, Año Nuevo, cumpleaños)
2. Visitas Ampliadas (Para Padres con Mayor Disponibilidad)
- Tardes completas entre semana
- Fines de semana más extensos
- Pernoctas adicionales
- Mayor participación en actividades escolares
3. Régimen Especial (Casos Específicos)
- Visitas supervisadas (cuando hay conflictos graves)
- Visitas progresivas (para restablecer vínculos)
- Visitas adaptadas (padres que viven en otras regiones)
Tabla de Horarios Sugeridos por Edad
Estos son referenciales – cada caso se adapta a sus circunstancias específicas
Paso 1: Intentar el Acuerdo Directo
- Proponga un calendario escrito y específico
- Considere usar mediación familiar
- Documente cualquier acuerdo alcanzado
Paso 2: Demanda Judicial (Si No Hay Acuerdo)
- Se presenta en el Tribunal de Familia del domicilio del niño
- Debe adjuntar propuesta concreta de régimen
- Puede solicitarse medida cautelar de visitas provisionales
Paso 3: Audiencia y Pruebas
- Mediación obligatoria (excepto violencia intrafamiliar)
- Audiencia de conciliación
- Pruebas (testigos, informes psicológicos si son necesarios)
Paso 4: Sentencia
- El juez establece el régimen definitivo
- Debe ser claro, específico y previsible
- Incluye multas por incumplimiento
¿Qué hacer cuando no me entregan a mi hijo para las visitas?
Documente el incumplimiento (mensajes, testigos)
Acuda a Carabineros para constatación (no pueden obligar entrega pero dejan constancia)
Solicite ejecución judicial inmediata en el Tribunal de Familia
Pida aplicación de multas al progenitor incumplidor
¿Pueden suspenderse las visitas?
Solo por resolución judicial fundada, generalmente por:
- Riesgo para la integridad física o psicológica del niño
- Enfermedad grave del niño o del padre
- Incumplimiento grave reiterado por parte del visitante
- Cambio de domicilio no notificado que impida el ejercicio
¿Cómo modificar un régimen de visitas establecido?
Debe demostrar cambio sustancial de circunstancias:
- Cambio de horarios laborales
- Mudanza a otra comuna de Santiago
- Necesidades educativas o de salud del niño
- Madurez del niño que permita otro régimen
- Incumplimiento reiterado del régimen actual
¿Qué pasa si el padre con visitas se muda a otra región?
- Debe notificar con 30 días de anticipación
- Puede establecerse un régimen especial de vacaciones
- Se puede solicitar compensación de viajes
- En casos extremos, puede pedirse modificación del cuidado personal
¿Tienen derecho los abuelos a un régimen de visitas?
Sí, la ley reconoce el derecho de los abuelos a mantener una relación directa y regular con sus nietos, incluso contra la voluntad de los padres. Deben solicitarlo judicialmente demostrando el vínculo afectivo existente.
¿Puedo viajar con mis hijos durante las visitas?
Dentro de Chile: Generalmente sí, pero debe notificar al otro progenitor con anticipación.
Fuera de Chile: Requiere autorización notarial del otro progenitor o autorización judicial si este se niega sin justificación.
¿Afecta el no pago de pensión de alimentos al régimen de visitas?
No, son derechos independientes. El incumplimiento de la pensión no justifica la suspensión de visitas. Cada incumplimiento se judicializa por separado. Sin embargo, en la práctica algunos jueces consideran la conducta global del padre.
¿Qué es el «derecho de alimentos» en relación a las visitas?
Durante el tiempo de visitas, quien ejerce el cuidado personal debe entregar al niño con:
- Ropa adecuada y limpia
- Medicamentos necesarios
- Elementos escolares si corresponde
- El niño debe regresar en similares condiciones
Como abogado especializado en relación directa y regular con experiencia en tribunales de Santiago, puedo ayudarle con:
- Establecimiento de régimen de visitas inicial
- Ejecución por incumplimiento (muy frecuente en Santiago)
- Modificación por cambio de circunstancias
- Defensa contra suspensiones injustificadas
- Asesoría para acuerdos extrajudiciales
📞 Contacto inmediato para casos urgentes:
Teléfono: +569 5108 9856
Email: cponce@poncedeleon.cl
Urgencias: Atendemos casos de retención ilegal de menores dentro de las primeras 24 horas.
Cambios importantes este año:
- Mayor uso de medios digitales para comunicación con hijos
- Consideración del teletrabajo para flexibilizar horarios
- Enfoque en calidad del tiempo más que cantidad
- Tendencia a regímenes más personalizados según cada familia
¿Está enfrentando problemas con sus visitas? No espere a que la relación con sus hijos se deteriore. Actúe ahora para proteger este vínculo fundamental.